Simpatizantes

Simpatizantes

Cualquier ciudadano podrá suscribir la ficha virtual mediante la cual solicita su inscripción, que incluye la declaración jurada de ser independiente, sin afiliación alguna a un partido político, bajo el principio de que todos los datos proporcionados son verdaderos, correctos, actuales y completos. 

Puede ser :

a) Activista: Grupal no menor de 10. No son elegibles para ningún cargo orgánico. Un colectivo tiene el objetivo de alcanzar un fin común que beneficiará al grupo en su conjunto. Cada colectivo de ámbito provincial se encuentra obligado a aportar una contribución anual del 10% de una unidad impositiva tributaria.

b) Ejecutivo: habilitados por la Calificadora Regional de Candidaturas. Son los únicos profesionales y técnicos que se encuentran en las situaciones de actividad y disponibilidad para ejercer el servicio, función o cargo partidario en los órganos de representación, gobierno y administración, cumpliendo los requisitos. 

c) Aportante: Simpatizante con negocio. No son elegibles para ningún cargo orgánico. Aportan una cuota mensual del uno (1) % de una unidad impositiva tributaria (UIT). Se suspenderá su derecho de voto si no pagase por un período mayor a dos (2) meses. Puede pagar anualmente por adelantado con descuento. 

Será registrado según el lugar de su residencia a la que pertenece según su DNI y se considera como fecha de ingreso la que figura en su ficha de inscripción. Está obligado a actualizar sus datos cada vez que estos varíen. La información consignada será revisada para verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos de admisión.

Toda afiliación y desafiliación deberá ser reportada a la Dirección Nacional Registro Partidario quien actualizará el Padrón Nacional de Simpatizantes. La Calificadora Regional de Candidaturas se reserva el derecho de “exclusión” a aquellos que cometan violación a los principios de probidad, idoneidad y/o veracidad al presentar documentación e información falsa o inexacta.

Todos los simpatizantes tendrán derecho a la presentación de iniciativas, la dedicación ad honorem, la aportación económica, expresar sus sugerencias y quejas, ser personero, entre otros. La Defensoría Regional garantiza sus derechos frente a aquellas actuaciones lesivas de los órganos a los que informará a los efectos oportunos.

Se establece y mantiene contacto con ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, con la finalidad de su incorporación como simpatizantes. La agrupación de cada país es reconocido por el Comité Nacional. Su funcionamiento y actividad está en el ámbito virtual y estará regida por la Agenda Multisectorial Internacional Partidaria, aprobado por el Comité Nacional.

Suspensión

La calidad de simpatizante es inherente a la persona y se suspende por resolución disciplinaria que no puede exceder de ciento veinte (120) días.

Desafiliación 

Se perderá por :

a) Fallecimiento o declaración judicial de muerte presunta.

b) Incapacidad o interdicción civil declarada conforme a ley.

c) Renuncia aceptada, sin perjuicio de las acciones a que hubiera lugar.

d) Impedimento legal sobreviniente por sentencia que haya quedado consentida, o ejecutoriada.

e) Expulsión por falta muy grave.

f) Las demás causales según estatuto y reglamentos.

La desafiliación no da derecho al reembolso de sumas efectuadas a favor de la comunidad.

Readmisión

Se readmite a quienes hayan salido en forma voluntaria y no tengan antecedentes disciplinarios de faltas graves. Los expulsados no pueden reingresar. 

Círculos

Núcleo fundamental de participación comunitaria. Organizados por:

Territorio: Nacional y Regional.

Sector: Áreas temáticas.

Función: Elaborar propuestas, debatir, movilizar y enviar representantes.

Tienen independencia en su trabajo, pero están vinculados a los acuerdos estratégicos comunitarios.


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