Régimen Económico
Presupuesto
La administración económica y financiera se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Consejo Directivo. El Contralor Regional verificará todos los ingresos, gastos e inversiones de la región.
Se financia con las siguientes fuentes de ingresos:
a) Las cuotas extraordinarias y aportaciones regulares, que no podrán superar el límite establecido.
b) Los aportes extraordinarios que se establezca para el financiamiento comunitario.
c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a título gratuito u oneroso por compra, donación, legados y otras formas legales.
d) Los ingresos propios generados por los cursos, eventos y publicaciones que realice.
e) Las tasas por el uso de sus bienes, servicios partidarios y multas.
f) La contribución mensual extraordinaria de los que ejercen cargos internos de representación.
g) Los aportes de personas jurídicas extranjeras sin fines de lucro que estén destinados a la formación, capacitación e investigación.
h) Las inscripciones por el Derecho de Evaluación Curricular (DEC) para ser habilitado.
i) Los créditos, préstamos e hipotecas que pudiera concertar con cualquier entidad del Sistema Financiero Nacional, previo informe técnico financiero contable favorable, entre otros.
Toda actividad de financiamiento privado contara con la aprobación de la Coordinadora Departamental correspondiente. El administrador regional informará al gerente general.
Se rembolsará a los secretarios los gastos presupuestados que el desempeño de su función partidaria comunitaria les ocasione y conforme a las posibilidades económicas. La asignación por gastos operativos no tienen carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable, ni constituyen base de cálculo para ningún beneficio.
Para efectos de registrar ingresos y gastos, el secretario presidente conjuntamente con el tesorero nacional pueden abrir las cuentas necesarias en el sistema financiero nacional. Dichas cuentas deberán ser utilizadas exclusivamente para el financiamiento privado.
Gerencia General
Es el órgano administrativo. Está a cargo del Gerente General, quien es jefe de la Oficina Central Comunitaria. El cargo es de confianza y su gestión es por resultados. Si el Presidente del Consejo Directivo es a la vez Gerente General usará la denominación de Presidente Ejecutivo.
Es particularmente responsable:
1. Celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes a las actividades administrativas con todas las facultades de representación ante personas naturales y jurídicas para el inicio y realización de todo procedimiento, gestión o trámite en general.
2. La ejecución de gastos y rendición de cuentas, en las adquisiciones y contrataciones.
3. Los administradores de oficinas regionales, tesoreros regionales y otros, que ocupan puestos de confianza, son de libre designación y remoción por la gerencia general.
4. Formula proyecto de presupuesto. Remite al Consejo Directivo para su examen, enmienda y aprobación. Propone modificaciones para aumentar ingresos o disminuir gastos.
5. Cuida que la contabilidad esté al día, supervisando que el/la Contador/a cumpla con llevar los libros contables debidamente elaborados, legalizados y refrendados.
6. Presenta al Consejo Directivo, el Informe Financiero Anual.
7. El cumplimiento de la ley, estatuto, reglamentos y acuerdos del Consejo Directivo.
Administración: Cada región cuenta con un Administrador Regional, elegido por la gerencia general, de la terna paritaria presentada por la brigada regional administrativa urlista. Es responsable de la Oficina Regional de Gestión Partidaria (OREGEP), que es una unidad ejecutora del servicio partidario comunitario, encargadas de preparar, asistir, apoyar y facilitar el trabajo administrativo.
La Región Metropolitana cuenta en cada cono urbano con Oficina de Gestión Partidaria (OFIGEP).
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